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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2015-S3

    Fecha: 12-Oct-2015

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El accionante mediante su representante, estima como lesionados sus derechos a la libertad física y de locomoción, citando al efecto los arts. 22, 23.I y III, y 185 de la Constitución Política del Estado (CPE); 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1.  Retención de pacientes por falta de pago en recintos hospitalarios públicos o privados
    • establecer como requisito de procedibilidad de la acción de libertad que el paciente
    • ante la falta de cancelación de dichos adeudos, no es posible que procedan a la privación de libertad de un paciente, puesto que resulta ser una medida de hecho, que desde ningún punto de vista es aceptable, ya que implica la vulneración del derecho a la libertad, que es tutelado por la justicia constitucional
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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