SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

II.11.

II.11.  Por memorial presentado el 8 de julio de 2013, Sonia Acuña Valverde en representación de Iván Reimar Acuña Valverde, pidió al Director del INRA de Pando, fotocopias legalizadas del expediente de saneamiento del predio “Santa Gema”, en el que además indica que fue informada de manera verbal y no escrita, que el expediente se encontraba en la ciudad de La Paz; no obstante a ello, se apersonó ante el INRA Nacional, misma, que tampoco le otorgó lo pedido y también fue comunicada en forma verbal, que no podían encontrar el expediente, presumiendo que estaba en la regional; por lo que, habrían remitido las solicitudes vía courrier. Petitorio que fue respondido por el Director Departamental del INRA de Pando, por Auto administrativo de 8 de julio de 2013, suspendió plazo para la entrega de las fotocopias legalizadas, debiendo reanudarse el mismo, una vez se tengan los antecedentes; toda vez que, se encontraban en la Dirección Nacional del INRA, o en su defecto deberá acudir a esa instancia; con lo que fue notificada la aludida el 29 de julio de igual año (fs. 7 a 9 vta.).