SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2015-S3

Fecha: 29-Oct-2015

denegó

La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 182/2015 de 21 de abril, cursante de fs. 236 a 240, denegó la tutela solicita, bajo los siguientes fundamentos: 1) Las autoridades demandadas, al emitir el AS 336, se pronunciaron sobre todos y cada uno de los aspectos denunciados en el recurso de casación en el fondo, respondiendo de manera puntual ala tematica que motivó el proceso contencioso tributario, invocando sobre la errónea interpretación del DS 27956 y la transgresión del art. 76 del CTB, referido a la carga de la prueba, que le correspondía al contribuyente presentar la documentación pertinente a efectos de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias concernientes a su actividad económica, aspecto que no fue cumplido en la fase administrativa, y tampoco dentro del proceso contencioso tributario, por ello procedieron a establecer la obligación impositiva en base a una presunción que está expresamente legislada en el ordenamiento tributario; y, 2) Respecto al recurso de casación que no podía ser declarado infundado; por cuanto, los Magistrados demandados, ingresaron a considerar el fondo de la temática planteada, es preciso señalar que si no se verificó la vulneración de algún precepto en el marco de lo que constituye el procedimiento del recurso de casación, corresponde declararlo infundado, así lo establece el art. “275” del Código de Procedimiento Civil (CPC.).