Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1028/2015-S2
Fecha: 15-Oct-2015
II.4.
II.4. Mediante memorial de 26 de junio de 2014, el imputado Bladimir Silva Mariaca, solicitó al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal de Santa Cruz, desestime la solicitud de procedimiento abreviado solicitado por el Ministerio Público, por cuanto su persona por desconocimiento e ignorancia en cuestiones legales, firmó unos papeles en blanco, que supuestamente eran para pedir la cesación a la detención preventiva; sin embargo, los mismos habrían sido utilizados para pedir la aplicación de procedimiento abreviado, situación con la que no está de acuerdo y niega enfáticamente (fs. 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La extinción de la acción penal a través de la acción de libertad
- : “…todo acto procesal que surja en torno al planteamiento de la extinción de la acción penal, en el que se alegue procesamiento indebido, corresponde ser dilucidado a través de la acción de amparo constitucional previamente agotados los mecanismos intraprocesales y no a través de la acción de libertad, conforme ya fue razonado”
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR