Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1030/2015-S2
Fecha: 19-Oct-2015
II.2
II.2. Mediante memorial dirigido al Juez Agroambiental de Montero, el 2 de julio de 2014, el hoy accionante acreditando su derecho propietario, interpuso demanda de anulabilidad de contrato, acción reivindicatoria, desocupación y entrega de terreno, más daños y perjuicios, contra Cesar Chávez Paz y Rosalyn Chávez Paz, arguyendo que no efectuó contrato de venta de su fundo rustico, sino que, se prestó dinero de $us280 000.- (doscientos ochenta mil dólares estadounidenses) y que el documento de transferencia de su propiedad fue obtenida de forma ilegal (fs.14 a 16 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- ) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico; y 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados; y, b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución…’
- CONFIRMAR