SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2015-S2

Fecha: 19-Oct-2015

Fragmento 24

           Efectuadas las precisiones detalladas supra, compele referir en relación al intitulado del presente apartado que, la SCP 2504/2012 de 3 de diciembre, expresó lo siguiente: “El principio de la finalidad cumplida considera que los actos procesales no realizan fines por sí mismos, sino que se dirigen a otro fin; y que, por tanto, las nulidades no pueden establecerse en beneficio de la ley, sino que su declaración debe derivar de un perjuicio.