Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2015-S2
Fecha: 26-Oct-2015
II.8.
II.8. Los Secretarios Ejecutivos del Directorio Saliente Susana Iris Parada Domínguez y Santos Frías Cabrera, el 27 de junio de 2014, apersonándose como Sindicato de Trabajadores Universitarios de la UAGRM, solicitó al Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, la ampliación de su mandato (fs. 275 del anexo 1) adjuntando las notas de aval de la COB, COD y FNTUB -UAGRM, que mereció la RA 090/14 de 3 de julio de 2014, por la que les amplió el mandato sindical y los reconoció por haber sido elegidos por la gestión 2014 – 2016 (fs. 186 a 189).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso concreto
- concedido
- 2° Dejar sin efecto