Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2015
Fecha: 05-Nov-2015
1.
1. A la igualdad de oportunidades y de trato, sin distinciones, privilegios o discriminaciones por razones de raza, género, religión, edad, sexo, política, nacionalidad, características físicas, o cualquier otra condición socioeconómica o política, gozando de todos los derechos derivados de la dignidad del ser humano y de la forma democrática de gobierno;
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las adecuaciones en el control de constitucionalidad
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- III.2. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad
- 1.
- 3.
- 9.
- “Artículo 13 (Derechos fundamentales de las y los Ciudadanos del Municipio)
- entendimiento
- “Artículo 14.- (Obligaciones y deberes de las Ciudadanas y los Ciudadanos del Municipio)
- incompatibilidad
- “Artículo 29 (Sesiones y Audiencias Públicas del Concejo Municipal)
- “Artículo 30 (Apoyo Técnico a la Gestión del Concejo Municipal y su Estructura Administrativa)
- “Artículo 33.- (Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa)
- “Artículo 36 (Defensor del ciudadano)
- “V. COMPETENCIAS EXCLUSIVAS EN MATERIA DE DESARROLLO HUMANO INTEGRAL, MUJER Y FAMILIA
- Fragmento 20
- “
- “Artículo 58 (Acreditación y Posesión de Cargos de Concejal y Concejala)
- “Artículo 62 (Suspensión de Concejalas y Concejales)
- “Artículo 67 (Requisitos para Candidatear a Alcaldesa o Alcalde)
- “Art. 69 (Acreditación y Posesión del Cargo)
- “Artículo 96 (Procedimiento Legislativo y Normativo)
- “Artículo 98 (Cláusula de Colisión)
- “Artículo 98 (De la Colisión)
- “Artículo 109
- la composición y atribuciones
- 4º Se exhorta