SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2015-S3

Fecha: 03-Nov-2015

corresponde señalar que el hecho que la autoridad sumariante no fuera designada la primera semana hábil del año, no deriva persé en su incompetencia,

Ahora bien, corresponde señalar que el hecho que la autoridad sumariante no fuera designada la primera semana hábil del año, no deriva persé en su incompetencia, cosa distinta es la posible responsabilidad por la función pública para la MAE de la entidad, que podría generar la no designación del sumariante en el plazo establecido, a cuyo efecto debe considerarse circunstancias relacionadas a la culminación de la relación laboral del otrora sumariante.

En el mismo sentido, no perderá competencia la autoridad sumariante si es que la resolución de inicio fuera dictada fuera del plazo de tres días reconocido por el art. 22 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado mediante DS 23318-A. Así lo ha entendido el Tribunal Constitucional, cuando en la SC 0170/00-R de 28 de febrero de 2000, ha dispuesto: ´Que en el cap. III del D.S. Nº 23318-A, relativo a la Responsabilidad Administrativa (arts. 13 al 33); se corrobora lo afirmado precedentemente, puesto que en su texto no hay disposición alguna que dentro de un Proceso Administrativo, haga alusión a la pérdida de competencia ni sancione con nulidad acto alguno, de donde resulta que es aplicable lo previsto en el art. 251, parágrafo II del Código de Procedimiento Civil.

Que inclusive, el Tribunal de Apelación ya apercibió al sumariante justamente por las deficiencias en que incurrió a tiempo de tramitar el sumario, Tribunal que con buen criterio no dio curso a la nulidad ya invocada por el recurrente en razón a no ser causa de nulidad de obrados las observaciones realizadas por él, más aún si éste convalidó el hecho de la demora en la iniciación del sumario al haberse sometido a la autoridad del sumariante’” (las negrillas y el subrayado nos pertenecen).