SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1060/2015-S3

Fecha: 03-Nov-2015

III.1. La facultad de la autoridad sumariante para conocer procesos administrativos

Al respecto, el art. 120.I de la CPE, determina que: “Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa”.