Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2015-S1
Fecha: 03-Nov-2015
II.6.
II.6. El Juez de Instrucción Mixto en lo Penal y Liquidador de Challapata del departamento de Oruro, por Auto Interlocutorio de 18 de marzo de 2015, conminó a la Fiscal de Materia Beatriz Choque Alejandro, a través del Fiscal Departamental de Oruro, para que en el plazo de cinco días a partir de su legal notificación, emita resolución conclusiva de la investigación preliminar (fs. 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- 2.
- el plazo de veinte días para que se presente las investigaciones preliminares y el Fiscal de Materia emita la imputación formal,
- III.3.1. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR