Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2015-S1
Fecha: 03-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega lesión a su derecho del debido proceso, como víctimas, para que su proceso siga en un plazo razonable y sin dilaciones, toda vez que, en la investigación preliminar que se viene llevando por la presunta comisión de los delitos de avasallamiento, lesiones graves y leves y amenazas, la representante del Ministerio Público, asignada al caso, no realizó ningún actuado fiscal, pese a haberse ampliado el plazo por sesenta días más; y, no dio en dos oportunidades fiel cumplimiento a la conminatoria del Juez de la causa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- 2.
- el plazo de veinte días para que se presente las investigaciones preliminares y el Fiscal de Materia emita la imputación formal,
- III.3.1. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR