SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

a)

Solicita se conceda la tutela; y, en consecuencia se disponga: a) La suspensión inmediata de la clausura de la licorería y el local; b) Se determine la responsabilidad civil de la Alcaldesa y del Director de Defensa del Consumidor, ambos funcionarios del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri del departamento de Santa Cruz; y, c) Se ordene la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento de ambos por incumplimiento de deberes.

De igual forma, el representante de la policía local, pese a no estar identificado como tercero interesado, en audiencia señaló que: a) Los funcionarios policiales participaron en la clausura de las mencionadas actividades comerciales, porque esa facultad está contemplada en la ley; y, b) Se constató que en dichos locales hay presencia de borrachos, “...condones en la puerta de estos locales y constantemente conducimos a persona e incluso a menores, su fallo será jurisprudencia, porque no queremos que Camiri no se convierta en una cantina abierta” (sic).