SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

II.3.

II.3.  El 10 de marzo de 2015, Alberto Rodas Lijeron, Director de Defensa del Consumidor del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri del departamento de Santa Cruz -hoy codemandado-, presentó un informe a María Elizabeth Aldunate de Gonzales, Alcaldesa Municipal -ahora demandada-, señalando que la clausura de la licorería Estremo y el bar Estragos, fue por infracción al art. 17 de la Ley 259, puesto “…que en el recorrido de control a locales pudimos verificar la apertura de dichos locales” (sic) (fs. 123).