SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

concediendo

El Juez de Partido "Mixto" y Sentencia Penal de San Ignacio de Velasco del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías emitió la Resolución 01/2015 de 17 de abril, cursante de fs. 157 a 159 vta., concediendo la tutela solicitada, determinando la responsabilidad administrativa de AECAPAS representado por Ernesto Ignacio Dorado Dorado, disponiendo la remisión de una copia de la Resolución a la autoridad administrativa que regula el sector para el inicio del proceso disciplinario, en caso de corresponder; sin preceptuar ninguna situación contra los demandados Pedro Damián Dorado López y Aida Micaela Gil Melgar, por carecer de legitimación pasiva; asimismo ordenó la remisión al Ministerio Publico a los efectos de ley. Decisión que se sustentó en los siguientes fundamentos: 1) El Informe Técnico AAPS/DER/INF/164/2014 de 29 de abril, de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico, estableció que se debe mejorar las filtraciones de la represa de "Sapoco" y un posible efecto de contaminación sobre lo cual las autoridades no tomaron ninguna acción para mejorar la calidad de agua; 2) El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, expresó que se debe dar agua clorada a las comunidades, de lo contrario las aguas contaminadas pueden provocar enfermedades, cálculos renales, infección estomacal, recomendando encarar planes de protección de fuentes para garantizar el abastecimiento del agua, proseguir con el trámite de regulación para la obtención de su licencia, es decir AECAPAS no tiene licencia ambiental; y, 3) De las pruebas aportadas resultó notorio evidenciar la contaminación de agua en un nivel superior al permisible en el municipio de San Miguel, siendo consistentes y fundamentados los argumentos del accionante.