SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2015-S2

Fecha: 03-Nov-2015

a)

Por su parte Edgar Miguel Peredo, en audiencia señalo: a) La acción interpuesta por el accionante contiene contradicciones, porque primero dice ser propietario y luego refiere estar en posesión de una vivienda por efecto de un aluvión; b) No existe legitimación activa por la contradicción que hace referencia, no existe una construcción de parte del accionante, sino que se sacaron fotos en un asentamiento ilegal para aparentar que se habría cometido abusos en contra de su propiedad; c) En cuanto al procedimiento administrativo fue de su conocimiento las resoluciones dictadas en el mismo, agregando que “Guido Secko” no es una persona humilde a quien se le habría afectado su vivienda, al contrario es propietario de una empresa de construcción de viguetas, faltando a la verdad de que se trataría de una vivienda social, continuaron avasallando su propiedad a título de aluvión; también es de conocimiento de todos que debe respetarse la franja de seguridad, en el caso existe total mala fe del accionante.