Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2015-S2
Fecha: 03-Nov-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 019/2015 de 4 de mayo, cursante de fs. 221 a 224, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alfredo Hernán Jaimes Justiniano, Presidente de la Cooperativa Educacional Colegio Loretto Ltda “CECOL Ltda” contra Basilio Pérez Gómez, Director Departamental de Educación de La Paz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- ;
- III.2. Derecho a la impugnación o doble instancia
- III.3. El acto administrativo
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- bajo tuición del Ministerio de Educación
- es susceptible de impugnación
- 2º Disponer