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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2015-S2

    Fecha: 03-Nov-2015

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    Alega la vulneración del derecho al debido proceso, en sus vertientes de derecho a la valoración de la prueba, a la motivación y congruencia de las resoluciones; y acusa además la lesión de los principios de justicia, igualdad, imparcialidad, seguridad jurídica y respeto a los derechos,  citando al efecto los arts. 8.II y 115.II de la CPE.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención de la tercera interesada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
    • III.2. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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