SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2015-S2
Fecha: 06-Nov-2015
II.9.
II.9. Por Nota de Servicio Div.I. Pers. 109/2015 de 14 de mayo, el C. Almte. Juan Carlos Torrico Antelo, resolviendo en reclamo interpuesto por el ahora accionante, dispuso: 1. Suspender el Memorandum Secc. I Pers. 168/15 emitido por su persona para el Alf. CGON. Boris Ivan Vera Gilagachi, por haber sido impuesto con parcialidad e injusticia. 2. Ratificó el Memorandum 197/15 de 31 de marzo, por el que se le sancionó al accionante con setenta y dos horas de arresto impuesto por el Comandante del BIM. II. “Tocopilla”. 3. Suspendió el Memorandum 205/15 de 8 de abril, emitido por el referido Comandante; y, 4. Sancionó al accionante con veinticuatro horas de arresto, mediante Memorandum 391/2015, por imponer un castigo disciplinario con parcialidad e injusticia (fs. 30 a 31).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- III.3. De la acción de libertad innovativa
- R E C L A M A C I O N E S
- deberá resolverla en el acto
- III.5.
- 2º