SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1139/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
primer
Ahora bien, corresponde señalar que emitida la Resolución conclusiva de sobreseimiento de 15 de septiembre de 2014, las ahora accionantes impugnaron la misma, en base a los agravios precisados en la Conclusión II.2. del presente fallo constitucional, de los cuales se pueden precisar sustancialmente un primer agravio, que pone de manifiesto que el fallo de sobreseimiento fue dictada a favor de los imputados no obstante que la imputación formal estableció la autoría material, intelectual y la existencia del hecho, aspecto corroborado por elementos de convicción recolectados como pruebas testificales, documentales, inspección y reconstrucción de los hechos, imponiéndoseles medidas sustitutivas a la detención preventiva en consideración a los mismos; y que no pudieron ser tildados de insuficientes para la acusación al no haber sido desvirtuados, aduciendo carencia de la debida valoración de la prueba, a más de cuestionar que si los elementos de convicción eran insuficientes tampoco se realizaron actos investigativos complementarios para absolver la duda a la que se hace referencia y de esta manera recién aplicar el principio in dubio pro reo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- primero
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.2. Análisis del caso concreto
- primer
- Considerando.IV (ELEMENTOS ACUMULADOS EN LA INVESTIGACIÓN)
- segundo
- CONFIRMAR