Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
III.3. Otras consideraciones
Respecto a la identificación del fiscal asignado como tercero interesado, debe tenerse en cuenta conforme a la jurisprudencia de este Tribunal, que tanto la naturaleza jurídica como el rol que desempeña el Ministerio Público, impiden que dicha repartición estatal pueda constituirse en un tercero interesado propiamente dicho, pues ello implicaría asumir posición en relación a las pretensiones constitucionales, lo que sin duda comprometería su imparcialidad en su específica función, aspecto que el Tribunal de garantías deberá tener presente a tiempo de asumir el conocimiento de futuras acciones de control tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 11
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada
- Expuestos los hechos
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR