SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1172/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso investigativo penal seguido por el Ministerio Público contra Roberto Carlos Callisaya Mamani -hoy accionante-, por la presunta comisión de los ilícitos penales de homicidio y lesiones graves y gravísimas; y, conducción peligrosa de vehículo, previstas y sancionadas en los arts. 210 y 261 del Código Penal (CP), el ahora accionante interpuso incidentes de nulidad de imputación formal y de declaración informativa -memoriales presentados el 10 de septiembre y 6 de octubre, ambos de 2014- (fs. 82 a 84 y 113 a 114 vta.); siendo resueltos en audiencia de 12 de noviembre de 2014 (fs. 195 a 198); emitiéndose las Resoluciones 481/14 y 482/14 ambas de 12 de noviembre de 2014, por la cuales se declaran infundados los incidentes formulados (fs. 199 a vta.; y, 202 y vta.); cursando las notificaciones con ambos actuados procesales en la misma data (fs. 201 y 203).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Vistos: De conformidad al art. 401 del CPP. la defensa solicita se reponga la providencia de fecha 24/11/2014, sin embargo al ser claros los términos, no ha lugar a la reposición solicitada
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la impugnación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Vistos
- REVOCAR