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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1176/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1176/2015-S3

    Fecha: 16-Nov-2015

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La parte accionante considera como lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento fundamentación y motivación, a la defensa, a una fuente laboral estable y a la propiedad e inembargabilidad del patrimonio, citando al efecto los arts. 46, 52 y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
    • III.2.    Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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