SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1195/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
II.4.
II.4. El 10 de abril de 2015, Norma Cutón Janco, Secretaria del Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal, informó que en el caso seguido por el Ministerio Público contra Sergio Guillermo Maldonado Arancibia y otros, por el delito de allanamiento de domicilio con el código IANUS 201250970, existe apelación incidental presentada por el Ministerio Público, Sergio Guillermo Maldonado Arancibia, y por Saúl Boris Quiroga Vargas contra el Auto de 26 de octubre de 2012, señalando que no se remitió la referida apelación contra el precitado Auto; dictándose proveído por la Jueza demandada el 10 de abril de 2015, indicando que se remitan al Tribunal de alzada las apelaciones devueltas en diferentes oportunidades (fs. 9 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso en la acción de libertad
- Fragmento 14
- en consecuencia, tratándose de la procedencia de la acción de libertad en relación al debido proceso, debe entenderse que la inobservancia a éste -debido proceso-, ha sido la causal principal para la afectación del bien jurídico libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- partiendo de la propia naturaleza jurídica de la acción de libertad
- REVOCAR