SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
1)
Esteban Arce León, en audiencia en forma personal y a través de su abogado expresó: 1) El sindicato de la Mutualidad y la magna Asamblea de la Institución, tenían conocimiento de la situación, en vista de eso dio cumplimiento a su mandato además que se siguieron todos los pasos como le fue instruido; y, 2) Presentó memorial de retiro de apelación en observancia al testimonio de poder 453/2014 que le deba la potestad de poder desistir; añadió que fue retirado de manera ilegal de sus funciones en una asamblea de 6 de enero de 2014, por lo que presentó una acción de amparo constitucional que le fue favorable, restituyéndole a su cargo con todas sus facultades, por lo que su actuación se encuentra legalmente respaldada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. El debido proceso y el deber de motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso en concreto
- REVOCAR en todo