Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
II.6.
II.6. Carmelo Vásquez Ribera y Víctor Almendras Camargo, presentaron memorial ante los Vocales ahora demandados, solicitando se deje sin efecto el retiro de la apelación y la Resolución 389/2014 (fs. 648 a 649), que a través de Auto de 5 de diciembre de 2014, señalaron que el apersonamiento fue aceptado en virtud al poder 453/2014, que así lo confiere (fs. 650).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. El debido proceso y el deber de motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso en concreto
- REVOCAR en todo