Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 003/2015 de 23 de junio, cursante de fs. 16 a 19, pronunciada por el Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada, en los mismos términos que dispuso el Tribunal de garantías.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- indebidamente procesada
- III.2.
- reconocida por el texto constitucional a favor de un individuo sometido a proceso (judicial o administrativo), a conocer el estado del mismo y en consecuencia, impugnar o contradecir las pruebas y providencias o decisiones que resulten adversas a sus intereses;
- la impugnación implica un ataque contra una determinación judicial que se considere gravosa o lesiva a los intereses jurídicos
- son directamente aplicables
- Con relación a la procedencia del recurso de apelación incidental del Auto Interlocutorio 564/2015
- Respecto al rechazo de la constitución del garante personal
- CONFIRMAR