SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1307/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1307/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

II.3.

II.3.    Marianella Cerball de Rowbottom, María Amanda Viviane Vargas Salas y Cristina Elena Pareja Lara, por memorial presentado el 24 de noviembre de 2014, formuló objeción a la Resolución de Rechazo 64/2014, con los siguientes argumentos: Los representantes del Ministerio Público, con sustento en los exámenes periciales concluyó que las firmas estampadas en el poder 251/2010 de 3 de marzo, correspondían a Gian Franco Piero Darío Ferrari de las Casas; sin embargo, el cuestionamiento no versa sobre la autenticidad de las firmas, sino que, el poderdante ya no fungía en el cargo de “Gerente del Banco” y, al momento de otorgar los poderes 539/2005, 177/2005, 824/2005 y 336/2008, no se encontraba en Bolivia; sin embargo, pese que el ingreso al país no se encuentra acreditado, las autoridades fiscales señalaron que la misma responde a la amplia frontera existente en el país, por lo que, la valoración de las pruebas cursantes en el cuaderno de investigaciones, fue omitida; asimismo, los documentos falsificados que fueron obviados en su valoración, demuestran que el Banco de Crédito S.A., funciona ilegalmente en nuestro país. Con estos argumentos, solicitaron revocar la Resolución objetada y que en el plazo de cinco días se emita resolución de imputación formal (fs. 84 a 88 vta.).