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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015

    Fecha: 16-Dic-2015

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • INCOMPATIBILIDAD
    • III.
    • Artículo 2.-
    • que las regalías de los recursos renovables y no renovables sea aportado en forma directa al municipio
    • Artículo 5.- (De la Carta Orgánica).
    • “Artículo 5.- (DE LA CARTA ORGANICA). “
    • “fundamental”
    • Fragmento 10
    • Del idioma oficial del Municipio
    • “reconoce”
    • los derechos que vayan a estar contenidos en una norma básica institucional, deberán estar relacionados con alguna de las competencias de la entidad territorial autónoma…
    • ‘Derechos y deberes de los habitantes’
    • honrar
    • defensa de
    • además, de que puede ser aplicado bajo una interpretación beligerante que, podría conllevar a acciones de hecho alejadas, de los mecanismos legales
    • Control previo de constitucionalidad
    • y definitiva
    • Fragmento 20
    • compatibilidad
    • incompatible
    • Artículo 32.- (Atribuciones y funciones del Alcalde)
    • del art. 32
    • Artículo 34.- (Requisitos y designación de los Oficiales Mayores)
    • compatible
    • Disposición eliminada
    • nomem iuris
    • Artículo 51.- (Competencias compartidas y concurrentes)
    • Artículo 64.- (Bienes de dominio público y bienes de dominio privada municipal)
    • Artículo 66.- (Dominio Tributario).
    • Artículo 67.- (Aprobación, modificación o eliminación de tributos municipales).
    • Disposiciones eliminadas
    • Artículo 71.- (Planificación y presupuesto participativo).
    • Artículo 73.- (Control Fiscal Autonómico).
    • y la Asamblea Legislativa Plurinacional”
    • Artículo 88.- (Ubicación de su jurisdicción territorial).
    • Artículo 91.- (Mecanismo de acceso a la autonomía indígena municipal).
    • Artículo 78.- (MECANISMO DE ACCESO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA MUNICIPAL).
    • 5°  Disponer

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