DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Fragmento 10

El art. 8 del proyecto de Carta Orgánica, en función a los fundamentos expuestos en el cargo de incompatibilidad desarrollado en la Declaración Constitucional Plurinacional, evidentemente modificó de manera sustancial su contenido; sin embargo, debió considerar que dicha declaración de incompatibilidad, alcanza a toda la disposición jurídica (nomem iuris y contenido); es decir, si la incompatibilidad se fundó en el uso del término “oficial” éste también debió ser modificado o suprimido en el título de la norma en cuestión; según la DCP 0001/2013, señaló: “En referencia a los idiomas, la Carta Orgánica podrá establecer el uso oficial o preferente de uno o más idiomas en la jurisdicción municipal, sin que ello signifique el desconocimiento de los treinta y seis idiomas oficiales del Estado, reconocidos en el art. 5.I de la CPE”.