DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015
Fecha: 16-Dic-2015
Fragmento 10
El art. 8 del proyecto de Carta Orgánica, en función a los fundamentos expuestos en el cargo de incompatibilidad desarrollado en la Declaración Constitucional Plurinacional, evidentemente modificó de manera sustancial su contenido; sin embargo, debió considerar que dicha declaración de incompatibilidad, alcanza a toda la disposición jurídica (nomem iuris y contenido); es decir, si la incompatibilidad se fundó en el uso del término “oficial” éste también debió ser modificado o suprimido en el título de la norma en cuestión; según la DCP 0001/2013, señaló: “En referencia a los idiomas, la Carta Orgánica podrá establecer el uso oficial o preferente de uno o más idiomas en la jurisdicción municipal, sin que ello signifique el desconocimiento de los treinta y seis idiomas oficiales del Estado, reconocidos en el art. 5.I de la CPE”.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Artículo 2.-
- que las regalías de los recursos renovables y no renovables sea aportado en forma directa al municipio
- Artículo 5.- (De la Carta Orgánica).
- “Artículo 5.- (DE LA CARTA ORGANICA). “
- “fundamental”
- Fragmento 10
- Del idioma oficial del Municipio
- “reconoce”
- los derechos que vayan a estar contenidos en una norma básica institucional, deberán estar relacionados con alguna de las competencias de la entidad territorial autónoma…
- ‘Derechos y deberes de los habitantes’
- honrar
- defensa de
- además, de que puede ser aplicado bajo una interpretación beligerante que, podría conllevar a acciones de hecho alejadas, de los mecanismos legales
- Control previo de constitucionalidad
- y definitiva
- Fragmento 20
- compatibilidad
- incompatible
- Artículo 32.- (Atribuciones y funciones del Alcalde)
- del art. 32
- Artículo 34.- (Requisitos y designación de los Oficiales Mayores)
- compatible
- Disposición eliminada
- nomem iuris
- Artículo 51.- (Competencias compartidas y concurrentes)
- Artículo 64.- (Bienes de dominio público y bienes de dominio privada municipal)
- Artículo 66.- (Dominio Tributario).
- Artículo 67.- (Aprobación, modificación o eliminación de tributos municipales).
- Disposiciones eliminadas
- Artículo 71.- (Planificación y presupuesto participativo).
- Artículo 73.- (Control Fiscal Autonómico).
- y la Asamblea Legislativa Plurinacional”
- Artículo 88.- (Ubicación de su jurisdicción territorial).
- Artículo 91.- (Mecanismo de acceso a la autonomía indígena municipal).
- Artículo 78.- (MECANISMO DE ACCESO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA MUNICIPAL).
- 5° Disponer