DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 67.- (Aprobación, modificación o eliminación de tributos municipales).

Artículo 67.- (Aprobación, modificación o eliminación de tributos municipales). La creación de patentes estará determinada en la normativa municipal según el ámbito de explotación minera, forestal, hídrico, semiindustrial, industrial, de áridos y agregados o de tasas en uso de calles, bienes municipales, letreros, fiestas patronales y eventos sociales, funcionamiento por actividades económicas permanentes, publicidad estacionamientos y parqueos de vehículos en vía pública y propaganda en calles, espectáculos y recreaciones públicas, además de contribuciones especiales, todo esto en el marco de la Ley de Autonomías y Descentralización”.