DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Disposición eliminada

El estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0065/2014, procedió a suprimir el contenido del art. 39; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna disposición que deba confrontarse con la Constitución Política del Estado.

El estatuyente municipal, en base a los fundamentos desarrollados en la DCP 0065/2014, procedió a suprimir el contenido del art. 58; por lo que, no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna disposición que deba confrontarse con la Constitución Política del Estado.

El estatuyente municipal, tomando en cuenta los fundamentos desarrollados en la DCP 0065/2014, procedió a suprimir el art. 59; por lo que no corresponde realizar ningún control previo de constitucionalidad, al no existir ninguna disposición que deba confrontarse con la Constitución Política del Estado.