Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.2.
II.2. Cursa recurso de apelación interpuesto el 28 de enero de 2013 por el hoy accionante contra la Resolución Final de 20 de diciembre de 2012, alegando que el Tribunal Superior y de Apelaciones de la UAGRM vulneró su derecho al debido proceso en su elemento a la fundamentación de resoluciones, incurrió en una defectuosa valoración de la prueba, dando lugar a la ilegalidad en la conformación del consejo facultativo, que existió desprogramación sobre su situación como docente y se ocultó maliciosamente la documentación relacionada a su ascenso de categoría (fs. 32 a 40).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- seis meses y siete días
- REVOCAR