Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1206/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 202/015 de 16 de junio de 2015, cursante de fs. 124 a 130 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carmen Rosa Mita Avilés contra Sergio Guillermo Querejazu Torrico, Administrador a.i. de la Caja Petrolera de Salud (CPS) Regional Sucre.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Por la protección especial de la que gozan la mujer embarazada y el progenitor-trabajador, hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad, el principio de subsidiaridad de la acción de amparo constitucional no es aplicable en razón a los derechos que tutela de la mujer embarazada, lactante o hasta el año de nacimiento del nuevo ser
- III.2.
- 21 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013
- 31 de diciembre de 2014
- CONFIRMAR en parte