SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1213/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1213/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

la acción de amparo constitucional tutela el derecho a la propiedad privada, siempre y cuando dicho derecho esté plenamente demostrado y consolidado

La SC 1396/2011-R de 30 de septiembre, sobre la temática precisó: “En principio cabe señalar que la acción de amparo constitucional tutela el derecho a la propiedad privada, siempre y cuando dicho derecho esté plenamente demostrado y consolidado, es decir que no exista ningún conflicto ni controversia sobre él; sin embargo, si a título de tener derecho propietario sobre un predio y haciendo uso de las facultades que reconoce el art. 43.32 de la LM, la Alcaldía Municipal ejerce acciones de hecho como la demolición de construcciones, sin haber efectuado un previo proceso, esta acción tutelar ingresa al ámbito de protección de otros derechos fundamentales, que con esa acción hubieran sido lesionados.