SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

1)

Roxana Lupe Aruquipa Luna, Actuaria del Juzgado Mixto de Instrucción, Liquidador y cautelar de Pucarani del departamento de La Paz, mediante informe escrito de 1 de julio de 2015, cursante a fs. 32 y vta., señaló que: 1) Conforme al cuaderno de control jurisdiccional 154/2014, se evidencia que el ahora accionante, tenía pleno conocimiento de las medidas impuestas; 2) El 22 de junio de 2015, Adalberto Tola Mamani, efectuó la solicitud de depósito judicial, la misma que fue entregada a la parte y que además éste figura como depositante; por otro lado, el último nombrado, el 30 de ese mes y año, se apersonó al Juzgado Mixto de Instrucción, Liquidador y cautelar de Pucarani, con el fin de recabar otro certificado de solicitud de depósito judicial por Bs4 000.- (cuatro mil bolivianos); en el cual, como depositante figura la actual accionante; y, 3) La Resolución 57/2015 de 29 de junio, por la que se dispuso la revocatoria de medidas sustitutivas; y en consecuencia, la detención preventiva de los imputados -entre ellos la accionante-, fue apelada de forma oral a la conclusión de la audiencia, la misma que fue concedida; y, el 1 de julio del citado año, fueron remitidas en fotocopias legalizadas las piezas procesales a efecto de considerarse dicha apelación.  

CONFIRMAR la Resolución 25/2015 de 1 de julio, cursante de fs. 42 a 43 vta., pronunciada por la Jueza Segunda de Partido y de Sentencia  Penal de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, aclarando que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.