SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega como lesionados sus derechos a la libertad física, de locomoción y a la vida; por cuanto, habiéndoseles otorgado a la hoy accionante y a su esposo medidas sustitutivas a la detención preventiva, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material y otros, entre las cuales, se encontraba la fianza económica de Bs4 000.- (cuatro mil bolivianos), y pese a haber cumplido con el depósito judicial, dicha medida fue revocada por el Juez ahora demandado; desconociendo que la falta de precisión de la determinación judicial que las impuso permitía asumir que el monto consignado era para cada uno de los imputados y no para ambos; extremo que fue ratificado por el personal subalterno de ese Juzgado cuando realizó la consulta y la solicitud de depósito judicial.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Segundo Supuesto: Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que;
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- 2º