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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2015-S3

    Fecha: 02-Dic-2015

    2º

    2º  Se llama la atención a la Jueza de garantías, al haber omitido la comunicación procesal a la Jueza Mixta de Instrucción, Liquidadora y cautelar de Pucarani del departamento de La Paz, y no haber citado a la misma conforme a derecho, conminándole a que a futuro observe el cumplimiento de la normativa procesal constitucional.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
    • Segundo Supuesto: Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que;
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 18
    • 2º

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