SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2015-S1
Fecha: 07-Dic-2015
concedió
La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 05/15 de 24 de febrero de 2015, cursante de fs. 1068 a 1072, a través de la cual concedió la tutela solicitada, disponiendo que los Vocales de la Sala Penal Primera del mismo Tribunal, emitan un nuevo Auto de Vista, que contenga el componente de fundamentación y los elementos que determina el presente Fallo, aclarando que no se pronunciaron respecto a la seguridad jurídica, por ser este un principio y no una garantía, fundamentando que según el cuaderno de control jurisdiccional se advierte “a fs. 417, 424, 445, 460, 467, 524, 533, 543 y 556” (sic), que la parte imputada, omitió cumplir con las formalidades de asistencia legal a las audiencias convocadas por el órgano jurisdiccional, generando una dilación motivada y deliberada, razonamiento que debería haberse expresado en el Auto de Vista cuestionado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso, en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- se debe asegurar al acceso irrestricto a la justicia, brindando una tutela judicial efectiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- Fragmento 22