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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2015-S3

    Fecha: 02-Dic-2015

    2°

    2° Disponer que el Juez demandado en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas de su legal notificación con el presente fallo constitucional celebre la audiencia de modificación de medida sustitutiva solicitada el 19 de junio de 2015, siempre y cuando la situación jurídica del accionante no haya cambiado por el transcurso del tiempo.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Respecto al Juez demandado,
    • pero previo señalamiento de audiencia,
    • Con relación al Fiscal Departamental de La Paz codemandado,
    • SECRETARIO DEL MISMO JUZGADO
    • CONFIRMAR
    • 2°

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