Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.5.
II.5. A través del proveído de 20 de julio de 2015, el Juez demandado conminó al Fiscal Departamental a emitir pronunciamiento en razón a la Resolución de sobreseimiento, sea en el plazo de cinco días de su legal notificación, con el fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto por el art. 324 del CPP (fs. 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto al Juez demandado,
- pero previo señalamiento de audiencia,
- Con relación al Fiscal Departamental de La Paz codemandado,
- SECRETARIO DEL MISMO JUZGADO
- CONFIRMAR
- 2°