Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1246/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
II.2.
II.2. Alex Banzer Aguilera en calidad de apoderado de Carlos Alberto Paz Hurtado -hoy accionante-, por memorial presentado el 17 de junio de 2013 (fs. 282 y vta.), solicitó al Presidente del Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, regulación de honorarios profesionales desde el inicio de la investigación hasta la sentencia ejecutoriada. Solicitud que fue refrendada por el denunciante por escrito de 19 del mismo mes y año (fs. 284). A cuyo efecto el Tribunal de la causa emitió el proveído de igual fecha (fs. 284 vta.) por el cual dispuso proceder a la tasación de costas conforme al art. 264.1 del CPP. Asimismo, cursa Informe de 20 de junio de 2013 (fs. 318 a 321).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “procedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela.
- los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- ii)
- iv)
- v)
- Fragmento 22
- REVOCAR