Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1261/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 48/2015 de 20 de julio, cursante de fs. 492 a 495, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana María Murillo Michel y Ana Virginia Rescala en representación legal de Juan Arturo De La Quintana Tapia contra Orlando Rojas Alcon, Iván Córdova Castillo, Jueces Octavo y Séptimo, respectivamente, de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, Harold Rollano, José Ángel Ponce Rivas, Fiscal y ex Fiscal Departamental de La Paz, Genaro Quenta; y, Lizzeth Fabiola Zarco Sánchez, Fiscal y ex Fiscal de Materia.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2.
- a)
- I.2.3.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada respecto a la legitimación pasiva en acción de amparo constitucional y obligación de dirigir adecuadamente la acción
- la legitimación pasiva es la coincidencia que existe con la calidad adquirida por un servidor público o persona individual o colectiva que presuntamente con actos u omisiones ilegales o indebidos, provoca la restricción, supresión o la amenaza de restringir o suprimir derechos y garantías constitucionales y contra quien se dirige la acción
- Fragmento 15
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso, en sus elementos de fundamentación y de motivación de las resoluciones
- presunción de inocencia
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- i)
- 2º DENEGAR
- 3º CONCEDER