SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1281/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1281/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

denegó

La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 21/15 de 3 de julio de 2015, cursante de fs. 129 a 131, denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: a) En el caso de autos, se identifica como acto ilegal la retención de los fondos de cesantía del ahora accionante por parte de la Gerencia de Finanzas de COSSMIL; sin embargo, refieren que de acuerdo al comprobante de egreso CEG 0115A 3060 de 8 de mayo de 2014, el acto que provocó la lesión ocurrió en la fecha indicada y los reiterados reclamos datan del 24 de abril y 10 de mayo de 2015, interponiéndose la presente acción el 10 de junio del citado año; estableciendo con ello, que la presente acción no fue interpuesta dentro del plazo de los seis meses correspondientes, procediendo el principio de inmediatez; y, b) Recomiendan a COSSMIL que efectivice los actos administrativos, con el fin de verificar inmediatamente la situación en la que se encuentra el monto retenido correspondiente al ahora accionante.