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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1286/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1286/2015-S3

    Fecha: 23-Dic-2015

    el principio de eficacia jurisdiccional

    La empresa accionante a través de su representante considera como vulnerados sus derechos a la “seguridad jurídica” y al debido proceso -también invocado como garantía-, además de “…la amenaza de suprimir o restringir el principio de eficacia jurisdiccional” (sic); citando al efecto los arts. 115, 178 y 180 de la CPE.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • el principio de eficacia jurisdiccional
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 15
    • , no sucede lo mismo con el rechazo del incidente de inconstitucionalidad, precisamente por lo explicado precedentemente, porque al no existir duda razonable en el juzgador administrativo o judicial, no es necesario que el proceso se detenga en el estado de dictar sentencia
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • procedimiento de la acción de inconstitucionalidad concreta
    • CONFIRMAR

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