Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1302/2015-S1
Fecha: 22-Dic-2015
II.5.
II.5. La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 296 de 6 de mayo de 2015, casó el Auto de Vista 038/10 y deliberando en el fondo declaró improbada la demanda e infundado el recurso de casación en el fondo y en la forma de “fs. 223 a 226” (sic), interpuesto por COMSUR –ahora Sinchi Wayra– S.A. (fs. 95 a 99).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3.La interpretación de la legislación ordinaria y su aplicación al caso concreto corresponde a la jurisdicción ordinaria, salvo ciertas excepciones que importen lesión a derechos fundamentales
- Fragmento 18
- III.5.Análisis del caso concreto
- REVOCAR