Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1304/2015-S1
Fecha: 28-Dic-2015
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
No consta en obrados, acta de audiencia de consideración de la presente acción de libertad, la misma que estaba programada para el sábado 15 de agosto de 2015, de acuerdo a Auto de admisión de 14 de agosto de 2015, emitido por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, cursante a fs. 18 y vta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la acción de libertad de pronto despacho
- el traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad´
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
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