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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1304/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1304/2015-S1

    Fecha: 28-Dic-2015

    I.2.2. Informe de la autoridad demandada

    José Fernando Rioja Núñez, Fiscal de Materia, no presentó ningún memorial en el cual informe sobre el proceso; asimismo, se advirtió que el Fiscal Departamental de Beni, tuvo conocimiento de la presente acción, quien precisamente dio a conocer que el referido Fiscal ahora demandado tenía su domicilio en la localidad de San Ignacio de Moxos.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió en parte
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2. De la acción de libertad de pronto despacho
    • el traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad´
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • III.4. Otras consideraciones
    • 1°

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