Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1337/2015-s2
Fecha: 16-Dic-2015
II.3.
II.3. Mediante memorial de apelación interpuesta por Dayler Dimas Zeballos Burgoa, de 20 de marzo de 2015, en su condición de apoderado del Rector de la Universidad Amazónica de Pando, a la Resolución Administrativa Disciplinaria 08/2015, acusando una incorrecta valoración de la prueba, por lo que pide se condene en sanción a la Jueza denunciada (fs. 106 a 108 del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales,
- III.3. Análisis del caso concreto
- motivación insuficiente’;
- CONFIRMAR