Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Dora Coronel, citada como tercera interesada, por medio de su abogado, en audiencia señaló que la ahora accionante tenía conocimiento de que ya el año 2009, fue adjudicado a otra persona un porcentaje del terreno, pero no obstante ello, dolosamente continuó con el trámite del proceso ejecutivo, haciendo aparecer extrañamente documentación, toda vez que hay incluso contradicción no solo en la superficie 250 m2 que le dio el Juez, sino en la manejada por la Alcaldía que es de 220 m2 y de Derechos Reales a través del formulario de información rápida, que indica solamente 150m2.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo